Asunto N° 670|
El 28 de abril del 2016, se sancionó la Ordenanza Municipal N° 3503/16 que establece exceptuar a las personas que exhiban el certificado previsto en el Artículo N° 2 de la Ley Nacional N° 26928, del pago del boleto en el transporte público de pasajeros.
Esta normativa incluye una obligación para el Municipio de Río Grande de garantizar a aquellas personas trasplantadas un boleto de transporte público gratuito, con el fin de permitir y fomentar el acceso a los centros de atención médica que funcionen en nuestra ciudad. Es por ello que presenté un pedido de informe para que el Municipio pueda detallar qué tareas administrativas llevó adelante para dar cumplimiento a dicha normativa, como así también la fecha de puesta en marcha de este sistema de protección integral, y la cantidad de beneficiarios del mismo.