ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3968|19
El término discapacitado ha dejado de tener vigencia en el mundo jurídico y sociológico, ya que ésta, es una situación provocada en la interacción entre la persona, sus características, el medio físico y social, no habilitado para la diversidad propia de la naturaleza humana. La discapacidad no es un atributo del ser persona humana. La discapacidad ya no se define como una cuestión de salud o de rehabilitación, sino de Derechos Humanos. Esto implica una perspectiva de promover una visión positiva al abordar el tema, y no de asistencialismo.
Siendo consecuente con ello impulsamos un Proyecto, actual (ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3968/19), para que en el ámbito del Municipio de Río Grande, se utilice la denominación “PERSONA CON DISCAPACIDAD” y no “DISCAPACITADO”, para referirse a todas aquellas personas que tengan una discapacidad física, mental, intelectual o sensorial a largo plazo que, al interactuar con diferentes barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás.
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