ORDENANZA MUNICIPAL N° 3567|16 En Nuestra Constitución Nacional, reza en su Art. 14 “Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar (…)”; en nuestra Constitución Provincial, previsto en su Art. 16 “El trabajo es un derecho y un deber social;Read more