Ordenanza Municipal N° 4328/21 |
Con la llegada de los fríos días invernales, el riesgo de intoxicación con monóxido de carbono aumenta en muchos hogares. Las distintas formas de calefaccionar los ambientes en ocasiones no resultan ser las más seguras y convenientes.
Hemos establecido que todo inmueble existente que implique una remodelación en su estructura, de cualquier naturaleza que sea, deberá contar al menos con un detector de monóxido de carbono a los fines de ser autorizado el mismo por la autoridad competente municipal. Como así también cada proyecto de obra particular y/o de urbanización pública.
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