Ordenanza Municipal N° 3970|19
En mis recorridas habituales por los barrios de nuestra Río Grande, recibí diversas inquietudes de los vecinos del Barrio Gaucho Argentino, ubicado en Chacra II, por las malas condiciones de las plazas de los patios internos que se encuentran entre las calles Luro Cambaceres, Gdor. Anadón, Luis Rosso y Arturo Illia.
Para quienes no están interiorizados, les cuento que en este sector se encuentran dos sectores recreativos como los son una plaza de juegos y una cancha de fútbol y lamentablemente están en estado de abandono. Se tratan de dos lugares donde asisten decenas de niños a diario para poder divertirse.
Teniendo en cuenta esta situación presenté un Proyecto, actual Ordenanza Municipal N° 3970/19, para que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio, proceda a planificar, diseñar y ejecutar la refuncionalización, con características de accesibilidad e inclusivas, de la plaza o espacio verde ubicado en el patio interno de los edificios de Chacra II delimitado por las calles mencionadas anteriormente.
Esta refuncionalización debe contener césped sintético, luminarias led, arcos con red, demarcación de la cancha, enrejado protectorio de al menos tres metros de altura. Todo ello respetando los parámetros y normativas referentes a la accesibilidad e inclusión.
Cabe remarcar que los gastos que demande lo ordenado mediante la presente Ordenanza serán imputados a la partida presupuestaria que corresponda del Ejercicio Financiero pertinente de conformidad a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ordenanza Municipal Nº 2848/10. Artículo. También instituí al Departamento Ejecutivo Municipal para que en el plazo de treinta (30) días de la promulgación, proceda a reglamentar la presente.