Ordenanza Municipal N° 3999|19
En mis recorridas habituales por los barrios de nuestra Río Grande, recibí diversas inquietudes de los vecinos del Barrio AGP, por las malas condiciones de las plazas ubicadas entre las calles Carlos Herrera y J.C Mora, como así también la plaza situada en Lisandro de la Torre y Dr. Carlos Pacheco.
Lamentablemente estas plazas requieren de una refuncionalización dado que se tratan de dos lugares donde asisten decenas de niños a diario para poder divertirse.
Teniendo en cuenta esta situación presenté un Proyecto de Ordenanza para que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio, proceda a planificar, diseñar y ejecutar la refuncionalización, con características de accesibilidad e inclusivas, de las dos plazas anteriormente mencionadas.
Esta refuncionalización debe contener césped sintético, luminarias led, arcos con red, demarcación de la cancha, enrejado protectorio de al menos tres metros de altura. Todo ello respetando los parámetros y normativas referentes a la accesibilidad e inclusión.
Cabe remarcar que los gastos que demande lo ordenado mediante la presente Ordenanza serán imputados a la partida presupuestaria que corresponda del Ejercicio Financiero pertinente de conformidad a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ordenanza Municipal Nº 2848/10. Artículo. También instituí al Departamento Ejecutivo Municipal para que en el plazo de treinta (30) días de la promulgación, proceda a reglamentar la presente.